sábado, 11 de febrero de 2017

JAIME I. LOS FUEROS DE ARAGON

Según cuenta el rey Jaime I en su crónica y se recoge en un pacto firmado en Sant Nazari de Masol en enero de 1211, al poco de nacer se le sustrajo de la tutela materna y fue entregado por Pedro II a Simón de Monfort para ocuparse de su educación como parte de una alianza. Poco después, se envió una embajada a Roma, formada por el obispo de Albarracín, el maestre de la Orden del Temple, el mayordomo real Jimeno Cornel y los nobles Pedro de Ahones y Guillermo de Cervera para solicitar a Inocencio III que mediara en la devolución del heredero. El Papa así lo hizo, y Simón de Monfort envió al niño a Carbona, desde donde los legados papales lo condujeron a Barcelona. Jaime I tenía entonces seis años y se decidió confiar su custodia a Guillermo de Monredón, maestre de la Orden del Temple en Aragón y Cataluña. Por este motivo, Jaime I pasó unos cuatro años en el castillo de esta orden en Monzón, junto con otro soberano menor de edad, su primo Ramón Berenguer V, conde de Provenza, dos años y medio mayor que él.
Jaime I. Anónimo. Palacio de la Generalitat (Valencia)
La soberanía del heredero no fue discutida ni por el conde de Rosellón, Sancho, hijo de Petronila y de Ramón Berenguer IV, ni por Fernando, hermano de Pedro II, ambos posibles candidatos al trono si no hubiese habido un heredero legítimo. Sin embargo, al ser el rey menor de edad, el poder en la Corona de Aragón podía ejercerse de facto, sin discutir su legitimidad, a través del control del consejo de regencia.
Este se hallaba formado por el conde Sancho, como procurador general, y dos gobernadores, uno para Aragón y otro para Cataluña, uno de los cuales fue el infante Fernando.
Las buenas relaciones con Sancho VII de Navarra y con Alfonso VIII de Castilla, con cuya hija Leonor casó Jaime I en 1220, le permitieron al rey asegurar la paz en sus fronteras con estos reinos para reiniciar la expansión hacia el sur, con la que posiblemente esperara que la nobleza obtuviera nuevos beneficios y así desaparecieran los conflictos internos. Pero precisamente la pugna por controlar los beneficios de la conquista de Peñíscola en 1225 hizo estallar la guerra. Los partidarios de Pedro Ahones, con el respaldo de aristocracias urbanas se enfrentaron con la facción de los Cabrera-Moncada, que apoyaban al rey. Finalmente la mediación papal permitió llegar a un acuerdo en 1227, conocido como la concordia de Alcalá, en el que se condenaba la actuación de los nobles sublevados pero no se tomaban medidas contra ellos, sino que, si prestaban obediencia al rey, se les garantizaba beneficios en igualdad con los que habían mantenido la fidelidad, y a las ciudades les serían confirmados sus privilegios.
Tras la conquista de Peñíscola, Jaime I comenzó una significativa expansión hacia el Mediterráneo, facilitada por la tregua pactada con el emir de Valencia Zeyt Abu Zeyt. Su primera gran campaña se dirigió contra Mallorca, incorporándola a la Corona de Aragón con rango de reino en 1230, posteriormente agregó Menorca y el reino de Valencia, continuando su expansión hacia el sur del Levante. Al final de las campañas la Corona de Aragón había sumado 24.000 km2 a su territorio, alcanzando el límite pactado con Castilla en el tratado de Almizra en marzo de 1244.
España en el siglo XV

Jaime I entregó la villa de Sos en señorío en tres ocasiones por cortos períodos de tiempo: a su hermana Constanza en el año 1243, a Guillem de Montpellier en 1264 y al conde de Foix en 1273. Pero estas cesiones no fueron hereditarias, pues la estratégica situación de la villa hacía que fuese más útil que los reyes la poseyesen directamente. Tras la cesión al conde De Foix, la villa de Sos fue siempre de realengo y jamás volvió a ser cedida a nobles.
En 1264 Jaime I concedió permiso a Jordán Pérez de Isuerre para construir un horno en Çefuentes (probablemente Sofuentes), en el término de Sos[1]
Respecto a los hornos, éstos no generaban tantos beneficios a las arcas monacales como los molinos, pues al requerir la construcción de aquéllos menos coste económico que éstos, muchas casas tenían su horno propio, sobre todo aquellas cuya estructura familiar era grande y estuviera dedicada a actividades agropecuarias complejas con abundante mano de obra. No obstante, las rentas que generan los hornos de propiedad real permanecían en el ámbito de la reserva señorial; el monarca y los concejos ejercían cierto monopolio sobre ellos, en el sentido de que no permitían su construcción a otras personas salvo en caso excepcionales, como el anteriormente narrado de Jordán Pérez y otro caso en el que permitió construir horno a su portero Blas Pérez con posibilidad de continuación para sus herederos[2]como así sucedió a su muerte, heredándolo su hija Teresa Pérez[3]
Los hornos que la monarquía tenía en Sos serían probablemente los que antiguamente atendían las necesidades de la guarnición del castillo, formando parte de los bienes del tenente. Tras desbaratarse el sistema tenencial, dichos hornos pasarían al dominio del rey, quien disfrutaría de los beneficios de la explotación de los mismos, que aunque no eran demasiados, sí resultaban ser una cómoda ayuda para sufragar los cuantiosos gastos que había que afrontar. Esta ayuda podía ascender hasta trescientos sueldos[4]
En el siglo XIII, la cantidad de leyes diferentes para las distintas ciudades y la vigencia jurídica del derecho tradicional de mozárabes y judíos complicaban considerablemente la labor de los jueces. Muestra de esto son los pleitos propios de la villa de Sos, como el que le enfrentó en el año 1247 con Castiliscar, posesión hospitalaria, que había obtenido tierras en el término de Sos mediante “scalios, compras, patrimonios, adquisiciones”[5] y que los de Castiliscar entraban con sus ganados para pastar en los prados del término de Sos, o cortaban leña de sus montes. Los de Sos, evidentemente, reclamaban algún tipo de compensación, tanto por el uso de los bienes comunales como en concepto de cargas tributarias concejiles por las propiedades poseídas dentro de su término. La sentencia arbitral del monarca dispuso que los de Castiliscar podrían seguir realizando esas prácticas a cambio de que pagasen a los de Sos el tributo anual de cien cahíces de cereal, la mitad de trigo y la otra mitad de ordio, correspondiendo el transporte del mismo por cuenta de los de Sos, que acudirán con sus carros y bestias, (homines de Sos faciant portari cum propriis bestiis hominum de Sos predictum triticum et ordeum ad villam de Sos”)[6] aclarando además que los animales empleados para allegar los cien cahíces de cereal pacerán en términos de Sos. Asimismo se establece la permisión de los de Castiliscar de coger leña en el término de Sos siempre que sea para uso particular y nunca para la venta a terceros, y que los de Castiliscar no pudieran seguir comprando o adquiriendo tierras en términos de Sos, “non emant nec scalient vel acquirant…in terminos de Sos”[7]
Este pleito contrasta con el acuerdo tomado en 1179 por el concejo de Sos y el Hospital de Castiliscar por el cual ambos podían utilizar conjuntamente el monte situado entre ambos concejos, previniendo así posibles desavenencias futuras[8]. (En este documento queda patente la orientación ganadera de la zona y el hecho de que las roturaciones todavía no suponían un peligro para los pastos.)
Por eso estos pleitos muestran cómo los concejos de la zona a mediados del siglo XIII, centuria de expansión y de crecimiento económico, estaban llegando a cierto grado de sobreexplotación de sus propios recursos, y cómo intentaban aprovecharse de los recursos de municipios vecinos. Además señalan la importancia de los términos de Sos para la práctica de la ganadería, ya que tanto la orografía de la Valdonsella como su clima, la convertían en una actividad económica de primera magnitud.
 Y al igual que ocurría en Sos, este tipo de litigios y otros de similar índole se sucedían en otros muchos municipios del Reino. Por ello, el rey Jaime I manifestó su voluntad de ocuparse de los fueros para distinguir cuáles seguían siendo útiles, aclarar los de oscura interpretación y completar y corregir el conjunto de las leyes vigentes en Aragón, “sin aumentar con ellos en nada nuestro poder ni limitar las aceptables libertades de nuestros súbditos”
Vidal Mayor


       El trabajo de recopilar, ordenar, añadir, aclarar y completar los fueros de Aragón fue encargado al obispo de Huesca, Vidal de Canellas, reputado jurista formado en la universidad de Bolonia en Derecho románico y canónico. Este partió del conjunto de fueros locales, territoriales y estamentales para formular un cuerpo legal que posteriormente sería aprobado en las Cortes para que así fuesen leyes pactadas y no impuestas y, en consecuencia, más valoradas por todos y más respetadas. 


Vidal Mayor. Miniatura de prestamistas judíos.








        En las Cortes de Huesca del 6 de enero de 1247, fueron aprobados estos fori aragorum: los fueros de Aragón. Sus comentarios fueron realizados por Vidal de Canellas con una finalidad práctica y didáctica y, al parecer, su redacción se realizó, al menos parcialmente, con posterioridad a la aprobación de las leyes en las Cortes. El manuscrito que recoge esta primera compilación de los Fueros de Aragón recibe el nombre de Vidal Mayor y se encuentra en el museo de la fundación Paul Getty, en California.
Pero aún con todo, los pleitos continuaron. Otro de ellos, también con los mismos concejos anteriores como partes implicadas fue el ocurrido en 1325, cuando los de Castiliscar reclamaban su derecho al uso del agua en el Valle de Calvarra, exigiendo que se respetaran sus prerrogativas en cuanto a la facultad de llevar sus ganados a pastar en los montes del concejo de Sos[9].El monarca en este caso delegó en el Justicia de Aragón y en el jurisperito de Uncastillo la resolución del pleito.

Igualmente, el Hospital de Roncesvalles realizaba una trashumancia invernal hacia la Valdonsella, estableciéndose en el término de Sosito, cerca de Sos. Los vecinos de Sos ansiaban poder entrar en estas propiedades y debieron violentarlas con frecuencia, por lo que la posesión de sus pastos fue origen de continuos enfrentamientos entre el concejo de Sos y el Hospital de Roncesvalles, por lo que éste determinó finalmente vender el lugar a dicho concejo en 1317. [10]
Los pleitos por límites tenían la finalidad de impedir al vecino entrar en terreno propio y aprovechar la máxima cantidad de pasto, y todas estas cuestiones deben encuadrarse en las tensiones que concejos y entidades eclesiásticas mantenían en toda esta zona. El hecho de que los pleitos entablados por Sos, y en general los que se sitúan en la zona de la Valdonsella, se libren ante entidades eclesiásticas y no tanto contra concejos de realengo viene explicado por la distinta época y forma en que dichas zonas fueron ocupadas por los cristianos. Mientras que en el norte gran parte de las tareas repobladoras fueron encomendadas a monasterios y órdenes militares, en el llano predominó la foralidad militar, que con el paso del tiempo serían los cimientos de los fuertes concejos cincovilleses[11].

A lo largo de sus más de sesenta años de reinado Jaime I redactó diversos testamentos, atendiendo a las posibilidades sucesorias (tuvo tres esposas) y al incremento de territorios agrupados bajo su Corona. El último y definitivo, de 1262, se estableció que el infante Pedro (Pedro III), fruto de su segunda esposa, Violante de Hungría, fuera el heredero de los reinos de Aragón y Valencia y el Condado de Barcelona, mientras que Jaime, también nacido del mismo matrimonio, heredaría el Reino de Mallorca, el Señorío de Montpellier y los condados de Rosellón, Colliure, Conflent y Vallespir, además de Cerdeña.(Continuación)




[1] A.C.A. R.C. 203, fol.123r.
[2] A.C.A. R.C. 205, fol. 213vº.
[3] A.C.A. R.C. 13, fol. 255r.
[4] A.C.A. R.C. 234, fol. 2. 1305, Diciembre 5. Lérida. Noticia de que el castillo de Sos lo tiene el noble Pedro Martínez de Luna y que recibe por él 400 sueldos sobre los cofres y los réditos de los hornos de dicho lugar.
[5] Estos “escalios” y compras estaban exentos de pagos por la venta de los derechos reales en la villa de Castiliscar a los hospitalarios en 1201, donde se afirma que “totum hoc quod habent et tenent et habent scaliatum et comparatum…habeant franchum et quietum et non teneantur facere aliquam neque censsum cum hominibus de Sos…” R.A.H. Colección Salazar, M-83, nº 62 y A.H.N.Ordenes Militares (San Juan de Jerusalén), carpeta 656, doc.4 (B) y 6 (copia en aragonés)
[6] A.H.N. Ordenes Militares. Carp. 656, nº 4.
[7] Ibidem.
[8] A.H.N. Ordenes Militares,(San Juan de Jerusalén) Carp. 654, doc. 11.
[9] A.C.A. Reg. Canc. 187, fol. 40.
[10] A.C.A. Reg. Canc. 217, fol. 179 y 287, fol. 85.
[11] Piedrafita, E. Relaciones entre los concejos cincovilleses en los siglos XIII y XIV: conflictos y solidaridades, en Suessetania nº 13, pp.109-111.






BIBLIOGRAFÍA


-ABELLÁ SAMITIER, JUAN. La villa aragonesa de Sos en la Edad media: economía, sociedad y manifestaciones de poder. Tesis doctoral. Universidad de Zaragoza, 2007.
-ASSO, IGNACIO JORDÁN DE. Historia de la economía política de Aragón. Ed. Francisco Magallón. Año 1798. Zaragoza.
-BOFARULL, P. y MASCARÓ. Colección de documentos inéditos del Archivo General de la Corona de Aragón. Barcelona, 1871.
-CABANES DECOURT, MARÍA DE LOS DESAMPARADOS. Documentos de Jaime I relacionados con Aragón. I.F.C.; C.S.I.C.; Excma. Diputación de Zaragoza. Zaragoza, 2009.
-DELGADO ECHEVERRÍA, JESÚS. "El Vidal Mayor", Don Vidal de Canellas y los Fueros de Aragón. Cuadernos Lacruz Berdejo nº 6 (revista electrónica), 2009.
-GALINDO ROMEO, PASCUAL. Sos en los siglos XI y XII. Revista Universidad, año I. Zaragoza, 1924.
-GARCÍA, VICENT. El llibre dels feyts: crónica de Jaime I. (Edición facsímil) Valencia, 1989.
-PIEDRAFITA, ELENA. Las Cinco Villas en la Edad Media (siglos XI-XIII) I.F.C.; D.P.Z. Zaragoza, 2005.
-PIEDRAFITA, ELENA. “Infraestructura económica en los concejos de las Cinco Villas: regadíos, molinos y hornos (siglos XII-XIV)”. Aragón en la Edad Media, nº 12, pp. 29-60. Universidad de Zaragoza, 1995.
-PIEDRAFITA, ELENA. Relaciones entre los concejos cincovilleses en los siglos XIII y XIV: conflictos y solidaridades, en Suessetania nº 13.
-PIEDRAFITA, ELENA. “Sectores sociales y ocupación territorial en las Cinco Villas (siglos XI al XIII)”, en Las Cinco Villas aragonesas en la Europa de los siglos XII y XIII, pp. 249-294. Esteban Sarasa (coord) I.F.C., D.P.Z. Zaragoza, 2007.
-UBIETO ARTETA, ANTONIO. Aragón en la Edad Media. Estudios de economía y sociedad en la Baja Edad Media. U.Z. Facultad de Filosofía y Letras. Dpto. de Historia Medieval. Zaragoza, 1977.




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