sábado, 3 de diciembre de 2016

IGLESIA DE SAN ESTEBAN: DATOS HISTÓRICO-PATRIMONIALES


        La Iglesia, en la Edad Media, además de las funciones estrictamente religiosas y espirituales, desempeñaba otras de carácter ideológico y económico de primer orden y una inestimable labor social de ayuda al necesitado y de aportación cultural; para ello disfrutaba de donaciones, ciertos privilegios y otras ventajas económicas.
Respecto a los bienes patrimoniales que constituían los medios económicos de la iglesia de San Esteban de Sos es muy probable que en el momento de su nacimiento tuviera una cierta relación con el castillo, y que se encontrara entre las posesiones de la tenencia del mismo, pues en 1155 Ramón Berenguer IV concedió a Sancho de Arbe una pieza de tierra sita en Castelserún, perteneciente al castillo de Sos[1].
Los bienes de García Garcés, primer clérigo de la iglesia de Sos, fueron los que configuraron en un principio el patrimonio de San Esteban, procedente de donaciones y que comprendía cuatro casas- utilizadas como solar para la iglesia, o como alojamiento de la comunidad-,23 campos de cereal, 16 viñas, dos huertos, dos linares y una participación en un molino; “quando feci ego istas casas propter amores Dei et Sancti Stefani. Et misi ibi una terra”[2]
        Posteriormente, a estas donaciones habrá que ir sumando pequeñas compras que se irían haciendo y más donaciones, sobre todo por parte de la nobleza de Sos, relacionada con el castillo y su función militar, que aspiraba a conseguir prestigio social en una comunidad que estaba empezando a formarse y a habitarse alrededor de una iglesia, teniendo que obtener recompensas espirituales o de cualquier otro tipo por parte de la Iglesia a cambio de dichas donaciones. Así, por ejemplo, don Ferrán Sanz en testamento a favor de su nieta le deja una viña para almario, por la que pagará 4 sueldos anuales a San Esteban de Sos; García Fortuñones cede su casa, 4 viñas, 5 piezas, un huerto y un linar a cambio de participar en las oraciones de los clérigos; y Bragulgo de Eneco Bragulagones dona la mitad de un majuelo recibiéndola de por vida su esposa Mitera, a cuya muerte pasará todo a San Salvador[3]
      El 24 de diciembre de 1172 Pedro, obispo de Pamplona, con el consentimiento del prior García y de todo el cabildo, dona a Sancho de Biota la casa e iglesia de Sos con sus pertenencias durante su vida, con obligación de pagarle anualmente 50 cahíces de trigo, otros tantos de ordio y la cuarta, y de que perdone las deudas que le debía aquella casa, según decía el propio Sancho[4].
Durante el siglo XII la abadía de Sos realiza pequeñas pero numerosas compras destinadas a adquirir bienes agrícolas de poca entidad para completar el patrimonio adquirido previamente. Así, por ejemplo, en 1189 se describen las posesiones que la abadía de Sos ha acumulado en Sosito: trece campos (entre una y seis arinzadas), al menos ocho viñas (aunque no muy grandes) y seis partes de huertos. 
En 1190, sin saber con exactitud el motivo, es donada la iglesia de Sossito con todos sus bienes y sus propios clérigos con el abad al frente, quienes pasarán a integrarse como clérigos racioneros en Sos, recibiendo además 70 cahíces de trigo y 70 sueldos.
Los monarcas hacían, aunque escasas, alguna donación a la iglesia, como la que hizo en 1212 Pedro II a su fiel Gascho de Biota de un horno al que llamaban “de la abadía”, que será poseído en derecho compartido con la iglesia de Sos, y todos los vecinos de la localidad podrán cocer allí sus panes sin tener que pagar pena ni caloña[5].
       En el siglo XIII crece el interés por la compra de viñas, y hay que destacar la compra entre 1244 y 1245 de “veces” y hasta “15 días” en el molino de Valentuñana pagando en cada caso cantidades muy distintas: 6 arrobas de trigo y una pieza; cuatro cahíces de trigo, o sólamente dos cahíces. De 1275 quedan más noticias de este intento de acaparamiento: se compra, por 30 sueldos esta vez, sus partes a cuatro personas. Es posible que la abadía hubiera obtenido tan sólo el permiso de la molienda, y no la plena propiedad. Este molino estaba dotado de gran capacidad moledora a juzgar por sus usuarios o copropietarios. No se sabe con certeza quiénes fueron sus primeros propietarios y si los diversos donantes que van cediendo sus derechos a San Esteban eran beneficiarios de su utilización o poseían derechos sobre su propiedad, enajenando en tal caso tan sólo el permiso de molienda.
También a la hora de construir estos molinos, en otras ocasiones actuaban en colaboración con particulares, como sucedió en 1198, en que cede a unos particulares un lugar en un huerto donde edificarán un molino del que serán copropietarios con la abadía, repartiéndosen los beneficios de forma que dos terceras partes fueran para el constructor, con derecho hereditario, y la tercera parte restante para la abadía[6]. La inversión total realizada por la abadía asciende a 214 sueldos, y diversas cantidades en especie-14 cahíces de trigo, 6 arrobas y una pieza-, una suma poco cuantiosa en conjunto, salvo en el caso de los 100 sueldos pagados en 1279 por una viña con regadío.
        A partir de la segunda mitad del siglo XIII ya no se efectúan pagos en especie, por lo que si a esto le añadimos la recepción de censos en metálico por propiedades legadas por donantes, lo recaudado en concepto de renta por el usufructo de predios abaciales, y las rentas de alquileres del molino de Valentuñana, observamos una creciente evolución económica de la abadía de San Esteban. Esta mejora económica se hacía notar en algunas zonas de Sos: son los términos de Peña Soriz, Campo Amorates, Ballatar, San Tisso o Tirso, Ariesta, Arás, Sosito, Ariel o Campo de Serún, zonas donde ponían especial interés por su repetida mención en los documentos y donde, presumiblemente y a tenor de ello, acumulaban mayor cantidad de bienes.
Aunque seguía recibiendo pocas donaciones, puede decirse que durante el siglo XIII la abadía de Sos había completado su proceso de formación patrimonial y su orientación productiva estaba ya integrada en los canales mercantiles establecidos en la zona, pero todavía podía verse una estructura interna tendente al autoabastecimiento, ya que la mayoría de los bienes que integraban su patrimonio eran prácticamente agropecuarios.
Esta tendencia al autoabastecimiento en la que se encontraban los racioneros de la abadía, en la que no veían modo alguno de emplear la hacienda como medio para aumentar sus beneficios, les llevó a un desentendimiento y una falta de gestión respecto a sus propiedades que se vio reflejado en un documento de 1266 ( ver documento en enlace) en el que estos clérigos ceden a don Felipe de Cebolla, su compañero, el total de las posesiones de San Esteban a cambio de 63 maravedíes y de que don Felipe atienda diariamente las raciones de la comunidad de clérigos[7]. El interés por rentabilizar los bienes de la abadía tardará años en aparecer.
   Por otra parte, resulta extraño la casi carencia documental de alusiones a propiedades respecto a ganado, pues las necesidades alimentarias de los clérigos exigían, como se ve en el documento antes citado de 1266, un cierto aporte de carne:”… martes y jueves un cuarto de cordero y media libra de cerdo cada dos clérigos… de Navidad a Carnestolendas de Cuaresma, los días de carne una libra de carnero cada dos clérigos…”
El sistema de explotación de las posesiones de la abadía debió ser directo, pues no existe ningún documento de contrato de arriendo hasta 1189, en el que se hace referencia a la cesión de la heredad de Sossito a sus vecinos para que la pueblen y mejoren, y transcurridos diez años revierta la heredad a San Esteban. No quedan datos de personas dependientes que estuvieran relacionadas con estos trabajos, salvo una mención en 1198 de un “ortolanum” (hortelano) llamado Guillermo Carpentario, encargado de un huerto en la abadía, en el cual la Iglesia de San Esteban llega a un acuerdo con dicho hortelano y su esposa para que éstos construyan un molino para tenerlo a partes. “unum locum in quo construerent molendinumin capite orti nostri qui est in Vado”.
        Es lo que se llama cesión “ad construendum”, es decir, una cesión condicionada a una construcción, en este caso de un molino junto a un huerto de la abadía por el que el matrimonio receptor poseerá dos terceras partes del molino y la abadía el tercio restante, encargándose Guillermo Carpentario, su mujer y sus descendientes de mantener la obra y los canales de riego que atienden al huerto de la abadía en perfecto estado, acometiendo las reparaciones que fueran necesarias y a limpiarlo periódicamente, sobre todo en época de sequía. “…faciat aqueductum et reformet receptiones aquarum et cetera que neccesaria fuerit ad sustentacionem et restauracionem molendinum preract, et in tempore siccitatis non molente molendino, expiet aqueductum cum ortolano ad ortum nostrum irrigandum”[8].  Cabe destacar que este molino no es un molino harinero más, sino uno de doble utilización: hace las funciones de molino harinero y noria, por lo que debido a su peculiar construcción desarrolla más potencia que el tradicional molino harinero. Son llamados “aceñas” y su rentabilidad es mayor. Estas aceñas necesitan en un principio de un poder señorial o abacial que lo construya y al tiempo lo usa como un elemento más de detracción campesina. Las represas que necesitaban las aceñas en el cauce del río servían a su vez de punto de origen de las acequias de riego, de las que hay que suponer que existían en Sos, pues aunque apenas existen datos de ellas sí que existe un documento del año 1200 en el que el concejo de Sos dona a la orden hospitalaria de Castiliscar un campo que se extenderá “…tantum quantum aquam potest mandare et irrigare ex utraque parte rivi”, lo que significa que la delimitación de dicho campo depende de la capacidad o decisión de los hospitalarios de dotarlo de una infraestructura de riego[9]. Con seguridad, la donación del concejo tendría la finalidad de que fuera la poderosa Orden del Hospital, enclavada en Castiliscar, la que se encargara de abrir sistemas de riego que pudieran beneficiar posteriormente a los vecinos de Sos.
        Como ejemplo del tipo de actuaciones que predominan en el siglo XII respecto a la abadía de Sos, podemos considerar el pleito que sostuvo ésta abadía con el Hospital de Castilliscar en 1193. Sos actúa con el arcediano de la Valdonsella, don Lop de Tafalla, defendiendo los diezmos a percibir en el término de Figarola, en Sos; éste estaba siendo labrado por hombres del Hospital, que pretendía recoger para sí todo el diezmo. En este asunto San Salvador actúa como iglesia parroquial, defendiendo los intereses del diocesano pamplonés, pero es también una buena muestra del proceso de saturación del espacio vivido ya en ciertas zonas, lo que provoca el comienzo de los pleitos por rentas y derechos entre las entidades existentes. Pero las relaciones con los hospitalarios de Castiliscar serán buenas y continuadas, como así lo demuestra los lazos que establecieron con la familia de los Cebolla desde la primera década de 1190 con Iñigo de Cebolla[10] y con sus descendientes, pues encontramos a Domingo de Cebolla, que dona unos corrales[11], a Martín de Cebolla en 1253 como testigo en un documento sobre el molino de Valentuñana en Sos[12], y a Johan Necons de Cebolla- probablemente hijo de Iñigo- en las mismas funciones y fechas; y poco después, en 1266 a Felipe de Cebolla tomando en arriendo la abadía y atendiendo las raciones de los clérigos, como antes dijimos.

               En el siglo XIII se generalizan las cesiones a censo anual perpetuo, tanto por parte de los donantes o testadores como de la propia abadía, por lo que ésta se asegura así unos ingresos fijos sin tener que afrontar los trabajos e inconvenientes de la explotación directa. La fórmula más habitual es la cesión vitalicia –siempre en metálico en estos casos-. A veces el receptor puede legar el bien en testamento, como es el caso de don Pero Sparça y doña Toda, su mujer, en el único contrato agrario que nos ha quedado de esta centuria, concretamente del año 1254, por el cual este matrimonio recibe una viña de cuatro arinzadas en Bal con la condición de cavarla, podarla y mantenerla, pagando anualmente cuatro sueldos ”para las necesidades de pecado de San Esteban”. No podrán venderla, empeñarla ni alienarla y revertirá a la abadía sin ninguna posibilidad de reclamación si fallan en el pago del censo. Otro dato a tener en cuenta es que la viña había sido previamente “donada” por los perceptores. Por lo tanto, tendríamos el caso de un matrimonio que desea cumplir con un deber religioso pero asegurándose, por otro lado, la posesión de lo cedido.
Es posible también, que en algún caso se prohibiera la división de la unidad censataria para evitar pleitos o impagos, condición que aparece en 1254 en un testamento de Fertún Sanz; pero sea cual fuera la modalidad o las condiciones de las cesiones, si el receptor falla en el pago, la abadía siempre tendrá el poder de requisar la propiedad de forma inmediata, como sucedió en el caso de Fertún[13].
       Otras vías de ingresos que aparecieron a finales del siglo XIII fueron la instauración de anniversarios, consistente en aliviar las almas de los parientes fallecidos entregando cierta cantidad de dinero a la Iglesia para que se comprara una renta perpetua sobre tierras o casas, con la cual se pagaba al religioso que oficiaba cada año las correspondientes misas por el alma del instituyente, y las fundaciones de las capellanías, en las que cada semana se cantaba una misa por el alma de los benefactores; así Pedro Sánchez Guerrero y su mujer Elvira Don Blasco dieron 1040 sueldos a la iglesia de San Esteban para que cada sábado se dijese una misa bajo la advocación de Nuestra Señora[14]. Con esta cantidad el capítulo compró 52 sueldos censales anuales al caballero Martín de Ampiedes sobre unas casas y dos piezas[15].

         En otras ocasiones los anniversarios se instituyeron sobre heredades y casas por las que en vez de solicitar un censo en dinero, los clérigos obtuvieron una comida anual a cambio de que cantasen las misas de réquiem y responsos en el cementerio por las almas de los benefactores; como sucedió en 1443, año en el que el capítulo de San Esteban entregó dos casas y una viña a Gil de Sos y a su mujer Toda Guerrero en treudo perpetuo a cambio de una comida y una cena anuales con buen carnero, pan y vino a satisfacer el día de San Simón y San Judas de octubre. Anteriormente el matrimonio había vendido esos inmuebles por 670 sueldos a los clérigos[16].
        De los anniversarios y capellanías no sólo participaron particulares y familias, sino que también lo hicieron las cofradías; así, en el año 1515, la cofradía de San Miguel entregó 800 sueldos al capítulo de San Esteban para que se comprasen 40 sueldos censales para realizar ocho anniversarios con el fin de que cada primero de mes de los ocho primeros meses del año se cantase por parte del vicario y los beneficiados una misa de réquiem en el altar mayor de la iglesia parroquial por las almas de los cofrades, cofradesas y bienhechores[17].
Con fecha 10 de junio de 1350, el obispo de Pamplona y los clérigos de Sos realizan una concordia por la que éstos se comprometen a ceder en los próximos dos años la mitad de sus raciones y beneficios al obispo, al mismo tiempo que protestan para que les queden íntegros en el futuro[18], pero el acuerdo no se limitó al período fijado, sino que se prolongó durante el resto del Medioevo, repartiéndose el obispo de Pamplona y el capítulo de San Esteban a medias los frutos del diezmo de Sos, que se satisfacía en especie, lo que supuso el principal ingreso que disfrutaron los clérigos de Sos durante este siglo y a lo largo del siglo XV; además era una renta que ofrecía la ventaja de no sufrir la devaluación constante de la moneda, pudiendo aprovecharse del alza de los precios agrícolas en los momentos de incremento de población, como sucedió en el último cuarto del Cuatrocientos y en el inicio del s. XVI,  así, por ejemplo, en el año 1511 el procurador del arcipreste de la Valdonsella exigió al capítulo de racioneros que se le entregase la mitad del diezmo del lino y del cáñamo; anteriormente ya se le había dado la mitad del diezmo de los corderos y de las lanas de los vecinos de Sos. El lino y el cáñamo se almacenaban en la casa de la abadía, contigua al cementerio, y su propiedad era común entre el arcipreste y el capítulo de beneficiados[19].
        Precisamente en estas fechas se conoce en cuánto se estimaron las rentas del obispo de Pamplona en Sos, que se basaban principalmente en su parte del diezmo, ascendiendo a 2.600 sueldos anuales para el trienio de 1488-1490 y de 4.000 para el período de 1510-1512[20], lo que aproximadamente se correspondería con los ingresos del capítulo eclesiástico de San Esteban por este concepto, apreciándose que gozaron de un importante crecimiento en el transcurso del siglo XV al XVI[21].
    Este crecimiento del diezmo a finales del Cuatrocientos, que va estrechamente ligado a la recuperación demográfica y económica de la villa, originó diversas disputas en la pugna por hacerse con su control entre diversos componentes de la clase feudal. Los clérigos de Sos argumentaban el derecho a percibir el diezmo de todos aquellos que fuesen parroquianos de la iglesia de San Esteban, lo que originó varios pleitos del capítulo de San Esteban con otros entes religiosos y con particulares a finales del Cuatrocientos. Así, en el año 1499 se firmó un compromiso con el monasterio de Roncesvalles para que los árbitros dirimiesen las pretensiones de los beneficiados de Sos de que los vecinos de la villa que labrasen heredades del monasterio les satisfaciesen a ellos la mitad del diezmo, puesto que recibían los sacramentos en la iglesia parroquial[22]. En 1498 el enfrentamiento se produjo con varios de los vecinos que poseían tierras fuera de los términos de Sos (en Castilliscar, Roita y Cozcalapueyo), exigiendo el capítulo la mitad del diezmo de las labores, alegando de nuevo que eran parroquianos de la iglesia de San Esteban y que por tanto recibían allí los servicios religiosos[23]. También hubo enfrentamientos entre los mismos componentes del capítulo, como el sucedido en 1494 con el rector de Arbe a quien una sentencia adjudicó la mitad del diezmo de los corderos del término del Saso de Arbe, mientras que algunos beneficiados pretendieron entregarle sólo la cuarta parte[24].
       Asímismo, la pequeña nobleza de la zona, mediante la violencia contra la Iglesia, intentó también hacerse con una porción de los diezmos, como refleja el hecho de que el 6 de mayo de 1493 el alcalde de Navardún, Gil de Monterde, restituyese a los religiosos el diezmo de corderos que se recogía en el término de Oyarda y en Las Navas, que sus predecesores en el cargo habían tomado por la fuerza[25].
En resumen, podemos decir que a partir del primer lote de bienes realizado a mediados del siglo XI por García Garcés, se amplió un poco el patrimonio de la abadía en los siguientes veinte años a base de pequeñas compras, permutas, etc. Esta contínua modestia se prolongará en el transcurso de los años, pues así lo señala su documentación, en la que tan sólo aparecen dos donaciones en el siglo XII y cuatro en el XIII, siglos en los que los pagos realizados, tanto en dinero como en especie, nos hablan de una escasa capacidad inversora, pues tan sólo se dedicaron es este espacio de tiempo 214 sueldos, catorce cahíces, seis arrobas de trigo y una pieza para la obtención de más inmuebles[26].
En total, a mediados del siglo XIV las heredades que ostentaba la iglesia de San Esteban ascendían a 250 peonadas de viñas y 40 cahizadas de piezas, que se trabajaban en barbecho[27].
La documentación existente muestra que entre 1433 y 1515 el capítulo realizó al menos 62 compras de inmuebles, y que entre tierras y casas la suma total invertida ascendió a 15.745 sueldos; teniendo en cuenta que los inmuebles se entregaban por los eclesiásticos a terceros a cambio de una renta anual del 5%; la cantidad que a comienzos del s. XVI supondrían todas estas operaciones al patrimonio de la iglesia de San Esteban como censos anuales estaría cercana a los 800 sueldos[28]. También está documentada la compra de casas por parte de la iglesia parroquial al cantero Jerónimo Belanza y su mujer en 1533 por 300 sueldos[29] y en enero de 1540 por 112 sueldos[30]. Y de 1605 hay datos de la venta de una casa en Sos situada junto a la iglesia parroquial que se reformará para ponerla al servicio de la vicaría y que se tasó en 6.150 sueldos jaqueses[31].
Otros ingresos menores que obtenía el capítulo de San Esteban procedían de las oblaciones o de la costumbre que establecía que cada nuevo racionero debía dar de comer dos veces en un mismo día a sus compañeros, además de satisfacerles una colación llamada la Sapiencia para Navidad, o bien entregar a cada uno de los religiosos tres sueldos para sustituir esta obligación[32].
         No obstante, independientemente de los austeros ingresos de la abadía de Sos, lo que sí hay que destacar es la preeminencia social que llegó a adquirir San Esteban, evidenciando así el protagonismo que las entidades eclesiásticas jugaban en las villas, impulsando el auge de los nuevos asentamientos poblacionales. La cesión de tierras para ser explotadas cumplió, al igual que en otras entidades de la zona, un importante papel repoblador.
     Por otra parte, estos austeros ingresos obligaron a los racioneros del capítulo de San Esteban a tener que complementar sus ingresos realizando otras actividades económicas fuera de la abadía para incrementar su patrimonio personal.






[1] A.P.S. s.c., carp., siglo XII.
[2] Tradicionalmente se considera el documento fundacional de la abadía. Galindo Romeo, P.
[3] Galindo Romeo, P. Sos en los siglos XI y XII. Revista Universidad, año I, nº 3. 1924.
[4] A.C.P., Libro Redondo, fol. 127r.
[5] A.P.S.
[6] La abadía de San Esteban de Sos del s. XI al XIII. Piedrafita Pérez, E. Documentación del Archivo Parroquial de Sos, sin catalogar. Suessetania nº 14. Ejea (1994-1995), pp. 50-74, apéndice documental nº 8.
[7] A.P.S. Carpeta del siglo XIII, s. c. Suessetania 14, pp. 50-74, apéndice documental nº 17.
[8] A.P.S. Año 1189.
[9] A.H.N., O.M. (San Juan de Jerusalén), carp. 656, doc. 3.
[10] A.H.N., O.M.(San Juan de Jerusalén), carp. 654, doc. 18.
[11] A.H.N., O.M. (San Juan de Jerusalén), carp.656, doc. 20.
[12] Piedrafita Pérez, E. “La abadía de San Esteban de Sos”, doc. 14.
[13] A.P.S., Año 1294.
[14] A.H.P.S., Miguel del Sen, p. 466, ff. 53-54v.
[15] A.H.P.S., Miguel del Sen, p. 466, ff. 52-53.
[16] A.H.P.S., Miguel Martínez de Sada, p. 374, ff. 47v-48, 54v-55.
[17] A.P.S., Carp. 1500-1530.
[18] A.P.S., Pergamino. Carpeta del s. XIV.
[19] A.H.P.S., Gil García de Urriés, p. 506, ff. 25-28v.
[20] Abellá Samitier, J. Sos en la Baja Edad Media. Una villa aragonesa de frontera. pp. 101-102. I.F.C. (C.S.I.C.) Zaragoza, 2012..
[21] Ibidem, p. 102.
[22] A.H.P.S., Miguel del Sen, p. 456, f. 50v.
[23] A.H.P.S., Miguel del Sen, p. 455 B, f. 30.
[24] A.H.P.S., Gil García de Urriés, p. 507 B, ff. 41-45.
[25] A.H.P.S.,Miguel del Sen, p. 451, f. 18.
[26] Piedrafita Pérez, E. Las Cinco Villas en la Edad Media. I.F.C., D.P.Z, Zaragoza, 2005.
[27] A.C.P., IV Episcopi, 30, ff. 27-33v.
[28] Abellá Samitier, J. Sos...cit., pp. 104-105.
[29] A.H.P.S., Pedro Olleta, año 1533, día 17, f.s.n.
[30] A.H.P.S., Pedro Olleta, año 1540, día 5, f.s.n.
[31] A.P.S.
[32] A.H.P.S., Miguel del Sen, p. 460, ff. 48-50.





BIBLIOGRAFÍA


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